REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 20 de Enero de 2.006
195° y 146°
Luego de la exhaustiva revisión efectuada a la presente causa, este Tribunal observa lo siguiente: Primero: Que en fecha veinticinco (25) de Mayo del año dos mil cinco (2.005), fue admitida por este Juzgado demanda de REIVINDICACIÓN seguida por la ciudadana YILDA YURAIMA MUJICA, contra la ciudadana ROSARIO RIVAS, en cuyo libelo la accionante expresa: "... Estimo la presente demanda por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00)...". Segundo: Establece el artículo 29 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "La competencia por el valor de la demanda se rige por las disposiciones de este Código, y por la Ley Orgánica del Poder Judicial", y la primera parte del artículo 38 ejusdem establece lo siguiente: "Cuando e.....