En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE ENAJENAR Y GRAVAR de conformidad con los artículos 585, 586 y 588 del Código de procedimiento Civil sobre: Un inmueble constituido por una porción de terreno constante de UN MIL TRECIENTAS OCHENTA Y CUATRO HECTAREAS CON OCHO MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (1.384, 89has), conocidas como parte del "Fundo Guasimito" ubicadas en el paño general de Caucagua en jurisdicción del Municipio Muñoz cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Desde el botalón marcado Nº05, ubicado en el sitio conocido como "Flor Amarillo", cuyas coordenadas son Nº 844.409,62 y E- 00.252.00 aguas debajo de caño bravo, por su margen derecha hasta encontrar el botalón de las cercas de los oripopos; SUR: Desde el punto de vista Nº03 aguas arriba del caño caucagua en .....