Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ESTABLECE que los honorarios causados por las actuaciones de los Abogados JOSÉ RAFAEL PÁEZ RAMOS y ROSA NAHIR MOTA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.590.561 y V-4.669.409; en los juicios llevados ante los siguientes Tribunales: Juzgado de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure (Exp. N° 13.524, contentivo de DIVORCIO ORDINARIO, y Exp. N° 14.197, contentivo de juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y ADJUDICACIÓN DE BIENES); Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure (Exp. N° 5.319, contentivo de juicio de COBRO DE BOL.....