Vista la medida solicitada por la ciudadana SANDRA PATRICIA BOHORQUEZ VARGAS, venezolana, mayor de Edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.683.710, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado PEDRO MANUEL SOLORZANO MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.233.168, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 7.647, el cual solicita al Tribunal se le se le conceda la Medida Preventiva de PROHIBICION DE ENAGENAR Y GRABAR sobre un inmueble objeto del contrato de venta cuyo se cumplimiento se pretende, es decir sobre un inmueble constituido por una vivienda familiar, ubicada en el Sector las Marías, calle Barinas entre calle Muñoz y Municipal N° 42-1 Municipio San Fernando, Estado Apure, cuya extensión comprende NOVENTA CON SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (90,72M2) comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Calle Nana Hipolita, (16,20 Mts); SUR: Señora Emiliana Valera, con (16, 20 Mt2) ESTE: Calle Barinas, con (5.....