Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por cuanto no es contrario a derecho, a los buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara convertido en DIVORCIO la separación de cuerpos por mutuo consentimiento entre los cónyuges JAIRO JAVIER ZUÑIGA e ISBENNY JOHAMIR MORILLO PANTOJA, plenamente identificados, y disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre los cónyuges antes mencionados, por ante el Consejo Municipal del Municipio Biruaca del Estado Apure el día 29 de Octubre de 2004, conforme consta en el acta de matrimonio acompañada N° 180, y así se declara.
Liquídese la comunidad conyugal, si hubiera lugar a ello.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primer.....