Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la presente acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana PETRA BOLIVAR LORETO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.224.120 y de este domicilio, asistida de abogados, en contra de la ciudadana BLANCA NIEVES TOVAR DE ESTÉ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.142.677 y domiciliada en jurisdicción del Municipio Biruaca del Estado Apure, y en consecuencia levanta la medida de secuestro decretada mediante auto de admisión, y así se decide. Se exonera en costas a la parte demandante por haber sido vencida parcialmente. Así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decis.....