Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ACTIVA Y PASIVA, alegada por la parte demandada de autos ciudadanas AGUEDA CUPERTINA VERENZUELA y LENNYS YUBISAY GARCIA VERENZUELA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-2.224.206 y V-15.513.844, respectivamente, ambas domiciliadas en el Sector Jaime Lusinchi, Calle Rio Yaracuy, frente a la Iglesia Embajadores de Cristo, Casa s/n cívico del Municipio San Fernando de Apure, Estado Apure, debidamente asistidas por el Abogado en ejercicio YSAIAS ALBERTO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.168.009, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.280, en el presente juicio de REIVINDICACIÓN .....