TERCERO: No se condena en costas por la naturaleza de la acción, ante la declaratoria del presente fallo pues no hubo condena total.
No se ordena la notificación de las partes por haber realizado el presente pronunciamiento en el lapso establecido por la Ley, encontrándonos en la semana radical laborando bajo la modalidad de Despacho Virtual, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 005-2020, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 05 de octubre del año 2020, bajo esta premisa se ordena al Secretario Titular de éste Tribunal Abogado FRANCISCO RAMÓN REYES PIÑATE, la remisión de la presente decisión en formato PDF al número telefónico del Abogado en ejercicio apoderado judicial del accionante ciudadano WILFREDO CHOMPRÉ, el cual es el siguiente 0414-0355055 y a los números telefónicos de los apoderados judiciales de la parte demandada de autos ciudadanos Abogados MARCOS ELÍAS GOITIA HERNÁNDEZ y PEDRO LUÍS DÍAZ, los cuales son los sigui.....