Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por cuanto no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Procedente en Derecho la solicitud de Conversión de separación de cuerpos en divorcio, requerida por la ciudadana DEYANIRA DEL CARMEN FLORES RUÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.324.694, como consecuencia de lo anterior se declara CONVERTIDO EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los ciudadanos FIDEL ERNESTO BELTRÁN QUINTERO y DEYANIRA DEL CARMEN FLORES RUÍZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-11.760.392 y V-12.324.694, respectivamente, ambos de este domicilio. En consecuencia se declara .....