Visto el anterior DESISTIMIENTO, suscrito por el ciudadano abogado JESUS WLADIMIR CORDOBA BOLIVAR, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.359.729, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133.170, actuando en su carácter de autos, en el expediente Nº 16.719 nomenclatura de este Tribunal, mediante el cual expone "...que de conformidad con lo pautado en el artículo 263 del Código Procesal Civil, desiste del presente procedimiento así como de la acción de demanda de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES en contra de la ciudadana DORKA DORALISA VALOR GARCIAS..." . Y por cuanto tal actuación versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente una vez quede firme la presente Homologación.
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