DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure actuando en sede Constitucional, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana ARISLEIDA ANTONIA SEIJAS DE NADAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-12.738.172, domiciliada en la Calle Muñoz, N° 109, San Fernando de Apure, Estado Apure, debidamente asistida por los Abogados en ejercicio FRANCIS ACOSTA OSTO y ALEXIS RAFAEL MORENO LÓPEZ, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.138.879 y V-4.671.882, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 27.272 y 15.985, respectivamente, en contra de los COPROPIETARIOS DEL CONJUNTO RESIDENCIAL "ALTOS DE BIRUACA", específicamente hacia la decisión proferida por la Asamblea Extraordinaria de Copropietarios del Conjunto Residencial antes indicado, ubicado e.....