Por lo todos los razonamientos y argumentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, conforme a Derecho, declara: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO a este Órgano Objetivo Judicial para conocer de la presente demanda por DIVORCIO intentada por el ciudadano JESUS EFREHEN LINARES MENDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 14.414.185, debidamente asistido por la abogada MERCEDES ELVIRA SANTANDER FRANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.579, en contra de la ciudadana CORINA JOSEFINA VELASQUEZ AROCHA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.602.436, en consecuencia, DECLINA la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Barinas .....