es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado apure, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintisiete (27) días del mes de Julio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ La Secretaria Acc.
Ana Rosa Silva Espinoza
Exp. N° 14.748