III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la presente acción de DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES POR ACCIDENTE DE TRANSITO con incoada por el ciudadano RAFAEL ALEJANDRO ARRIAGA LAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.199.936 y de este domicilio, en contra del ciudadano ANGEL ALIRIO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.195.835, y de este domicilio, y así se decide. Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a la una de la tarde (1:00 p.m.).....