Examinados como han sido la concurrencia de los elementos que configuran la referida figura jurídica, y los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente acción de DIVORCIO instaurado por el ciudadano RUPERTO CELESTINO TOLEDO, en contra de la ciudadana NEIDA PETRIKA LEÓN RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-8.168.644 y V-25.968.320, respectivamente, asistido por el abogado JUAN INÉS GRATEROL CASTILLO, Inpreabogado N° 156.986. Se ordena notificar mediante boleta a la parte acora de lo aquí decidido Líbrese boleta.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Tribunal siendo las 11:30 a.m., de este día, jueves 28 de septiembre de 2017. .....