Una vez constatada la presencia de las partes comparecientes se DECLARA ABIERTA LA AUDIENCIA DE RECONOCIMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS.
Acto seguido, se le puso a la vista de los comparecientes cada uno de los documentos que fueron consignados por el tutor definitivo del declarado entredicho ciudadano GIAN LUIS LIPPA PREZIOSI, plenamente identificado en autos el cual corre inserto en los folios (263) al folio (271), anexos estos que rielan del folio (272) al folio (543), a fines de que ratificaran en su contenido y firma de conformidad con el artículo 431 del Código de Procedimiento Civil, cada uno de los instrumentos privados que fueron suscritos por la particularidad de los comparecientes, asi pues, sin objeción alguna y habiéndolos ratificado en su totalidad, el Tribunal procedió a requerir a los otros miembros del Consejo de Tutela, su aprobación de lo ratificado por los comparecientes y de la rendición de cuentas presentada por el tutor, a lo cual manifestaron estar de acuerdo y .....