DISPOSITIVA.
Por todas estas consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentada por la ciudadana CARMEN OMAIRA ZUÑIGA, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.669.000, asistida y luego representada por Abogado MARCOS GOITIA, Inprebogado Nº 75.239, contra el ESTADO APURE y condena al demandado a cancelarle a la demandante la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 24.805.816,15) que constituye el monto total de las Prestaciones Sociales que conforma la presente acción, más la Indexación e Intereses Moratorios de dicho monto tomando como base legal la fecha en que se introdujo la presente demanda hasta la fecha en que quede firme el pres.....