En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EXTEMPORANEA la formalización de tacha presentada por la abogada OLGA JUDITH DE MATERAN, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana CARMEN MIREYA MORENO, por no haber sido formalizada la tacha al quinto día de conformidad con el artículo 440 del Código de procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena a notificar a la partes o en la personas de sus representante judicial del presente auto de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boletas de notificaciones.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. ROSSELLYS GALLARDO G.
Seguidamen.....