DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE, la Demanda incoada por la Abogada WIECZA SANTOS MATIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.473.904, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 66.663, en su carácter de Apoderada judicial de la Empresa Mercantil "Cauchera Carabobo C.A.", en contra del ciudadano LUIS ANGEL VALLADARES MONTEZA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad No.- 16.971.527.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, a los Cinco (05) días del mes de Diciem.....