DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR la presente demanda POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentada por la ciudadana GLADYS YOLANDA BELISARIO DE VILLAZANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.590.793, asistido por el Abogado MARCOS GOITIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.239; contra EL ESTADO APURE.-
Dada la naturaleza del Juicio no hay condenatoria en Costas.-
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a las partes de la presente decisión
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en San Fernando de Apure, a los siete (07) días del mes de Junio de 2004......