En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO JUDICIAL efectuada en la forma y términos señalados en la diligencia suscrita por los ciudadanos: CRISTOBAL EDUARDO ACUÑA LOGGIODICE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 4.142.457, parte demandante, asistido por el Abogado: FRANCISCO RAFAEL ESTRADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.875, y el ciudadano: SILVESTRE BOLIVAR PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 3.770.630, parte demandada, asistido por el Abogado: DENNYS ALBERTO ORTA PUERTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.854, en presente juicio de RENDICION DE CUENTA, incoado por el ciudadano: CRISTOBAL EDUARDO ACUÑA LOGGIODICE, en contra del ciudadano: SILVESTRE RAMON .....