Por las razones antes, expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICON DE ENAGENAR Y GRAVAR sobre los bienes inmuebles:
Un inmueble y la parcela de terreno en que se encuentra construida el inmueble, ubicado en la Urbanizacion Llano Alto, distinguida on la letra C-74, Sector, Jurisdicción del Municipio Biruaca del estado Apure; comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En veinticuatro metros con cuarenta y seis centímetros (24,46 mts), con la parcela N° 6.75;m SUR: En veinticuatro metros con cuarenta y seis centímetros (24,46 mts) con la parcela N° 6.73; ESTE: En dieciséis metros con cincuenta centímetros (16,50 mts) con Circunvalación Uribante; OESTE: En dieciséis metros con cincuenta centímetros (16,50 mts) con Barrio Vall.....