En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL a la TRANSACCIÓN JUDICIAL presentada en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO instaurado por la COOPERATIVA "LA UNICA 559 R.L", mediante su Presidente, ciudadano JOSE MIGUEL MARTINEZ, contra Empresa CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO, (CONINVECA, C.A.), representada por el abogado WISTON GERERDO DELGADO ORTEGANO, para que surta el efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1.713 del Código Civil Venezolano. Se declara concluido el presente juicio.
Se ordena certificar la copia fotostática simple del poder sustituido por el abogado Juan Paulo Rodríguez Flores, a.....