DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por Decaimiento de la Acción, incoado por el Abogado JUAN PERNIA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.990.516, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 58.338, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano PILONIETA ESCALANTE RONALD, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°11.225.540, por falta de interés de las partes de la relación jurídica procesal. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo proferido.
TERCERO: Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de .....