En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLÍVARES , incoada por el ciudadano OSCAR RAFAEL PADRINO MAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.195.293, domiciliado en Guasimal, sector Remolino, Parroquia Queseras del Medio, Municipio Achaguas del Estado Apure, debidamente asistido de los abogados Maria Laura Carrillo de Bello y Víctor José Rosario Bello, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 137.773 y 137.774 respectivamente, en contra del ciudadano NELSON NEPTALI HERRERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.618.718, domiciliado en Guasimal, Fundo Medanito, Municipio Achaguas del Estado Apure. Decisión que se dicta con base a la Resoluci.....