DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por Decaimiento de la Acción, incoado por los ciudadanos JUAN FRANCISCO Y JUAN EUSEBIO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 8.153.657 y 8.199.350 debidamente representados por la abogada NORKA MIRABAL, inscrito en el IPSA bajo los N°28.117, en contra de los ciudadanos PEDRO VICENTE RIVAS E ISABEL DE RIVAS, por falta de interés de las partes de la relación jurídica procesal. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo proferido.
TERCERO: Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de e.....