En consecuencia, vista la cláusula up supra este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa y decidir, de la presente acción de EJECUCION DE HIPOTECA, presentada por el abogado JUAN RAFAEL AGUIRRE HERRERA, en su carácter de mandatario judicial MAERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL (antes BANCO MERCANTIL C.A BANCO UNIVERSAL):en virtud que de una cláusula especial que señala como domicilio la ciudad de Caracas, a la jurisdicción de cuyos Tribunales declaran expresamente someterse, y se ordena remitir mediante oficio con constancia de su foliatura en su oportunidad legal, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia del Área Metropolitana de Caracas de la circunscripción Judicial del Distrito Capital..
Publíquese, registrase y déjese copia.....