DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: El DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL DIVORCIO 185-A, incoado por los ciudadanos RODRIGUEZ JOSE GREGORIO y PAZ SEIJAS AIDEES XIOMARA, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio CAROL PADRINO FLEITAS, por falta de interés de las partes de la relación jurídica procesal. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo proferido.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este despacho a los Diecisiete (17) días del de Mayo del Año Dos Mil Once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABOG. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
LA SECRETARIA
ABG. GRACIE.....