III
DISPOSITIVA:
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar la presente Acción Mero Declarativa de Comunidad Concubinaria interpuesta por la ciudadana HILDA COROMOTO PÉREZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.871.839 y domiciliada en la Calle Caujarito al final, Casa S/N. en esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, en contra de los ciudadanos JOSÉ DOLORES NIETO BARRIOS y LUÍS NIETO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la Cédula de Identidad Nros.1.835.384 y V-885.653 y domiciliados ambos en el Sector La Guamita 2, casa S/N. en esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada las condiciones de la presente decisión.
TERCER.....