CAPITULO II
DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base a las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos MANUEL ENRIQUE JUAREZ y CARMEN OMAIRA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V- 6.937.369 y V-8.157.323, respectivamente, el cual contrajeron en fecha 23 de Diciembre de 1.991, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Apurito Municipio Achaguas del Estado Apure, según acta Nº 04 de la misma fecha.-
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a Diecinueve (19) días del Mes de Diciembre del Año Dos Mil Cinco. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORA.....