En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO JUDICIAL efectuada en la forma y términos descritos por el ciudadano ERASMO ANTONIO ORTEGA LIRA, venezolano, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad N° 8.618.157, debidamente asistido por el abogado LUIGI LEONE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.993, y por la otra el ciudadano HECTOR JOSE GARCIA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 15.682.798, debidamente asistido del abogado JAVIER BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.615 y de este domicilio, para que surta el efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en los artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.
Se .....