DISPOSITIVA.
Por las consideraciones antes expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la denuncia de FRAUDE PROCESAL formulada el ciudadano PEDRO ABELARDO ALBORNOZ ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.016.455, por medio de su apoderado judicial ABG. USMAR DE JESÚS OLIVERO, debidamente inscrito en el IPSA bajo el Nº 48.778, en contra de los ciudadanos YENY ZULIRMA RIVERO y EDUAR ANTONIO OLIVAREZ RIVERO, ambos plenamente identificados.
SEGUNDO: En virtud del anterior pronunciamiento, se declara INEXISTENTE el juicio Por Cobro de Bolívares por Intimación que fuera interpuesto por el co-demandado EDUAR ANTONIO OLIVAREZ RIVERO, en contra de la Ciudadana YENY ZULIRMA RIVERO, en el expediente.....