Empero lo expuesto, tenemos que con la implementación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la Regulación de Cánones de Arrendamiento como excepción no fue trasladada a la sede judicial, su conocimiento, decisión y ejecución corresponde a la vía administrativa, por ende, este Tribunal DECLARA: INADMISIBLE la Demanda de Regulación de Cánones de Arrendamiento intentada por la ciudadana AMERICA JOSEFINA GONZALEZ DE PEÑA, asistida por el Abogado LUIS EDUARDO LIMA. Y así se decide.