Atendiendo a los razonamientos expresados, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1º) DECLINA COMPETENCIA al JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES) CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en la Demanda de NULIDAD DE DOCUMENTO que intentó la ciudadana OMAIRA I. RODRIGUEZ RIOS, venezolana, mayor de edad, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 35.448, en su condición de Apoderada Judicial de de la ciudadana TEOLINDA TIBISAY MORILLO, contra el SERVICIO AUTONOMO DE VIVIENDA RURAL (SAVIR), en la persona de su Director, ciudadano CELIO GUARATE y la ciudadana GLADYS MARGARITA FARFAN, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.142.309 y de este domicilio.