En consecuencia, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Objeción realizada con motivo de Cobro de Emolumentos, efectuada por el Abogado HUGO MANUEL PINO, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano JUAN FELIX BOHORQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 1.831.135, y de este domicilio, en contra de la Cuenta presentada, en fecha 13-02-2003, cursante al folio 50, por el ciudadano JOSE GREGORIO CASTILLO CARDOZA, titular de la cédula de identidad Número V-12.325.222, en su condición de depositario de los bienes propiedad del ciudadano JUAN FELIX BOHORQUEZ.
SEGUNDO: Se ordena nueva experticia, a los fines de que se determine el valor de los bienes dados en depósitos al ciudadano JOSE GREGORIO CASTILLO CARDOZA, titular de la cédula de identidad Número V-12.325.22.....