Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un lote de terreno constante de SETECIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON VEINTIUN CENTIMETROS (730,21 M2), propiedad Municipal, ubicado en la calle "Giraldo N° 80" de esta ciudad de San Fernando de Apure Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Familia Veliz, en (20,50+5,20 mts.); SUR: Familia González, en (21,50+7,00 mts.); ESTE: Familia Tenepe, en (25,18+2,10 mts.), y OESTE: Calle Girardot, en (22,28+4,33 mts.), las cuales originalmente estaban conformada de manera distinta siendo transformadas o remodeladas de .....