Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1º) CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó el ciudadano NELSON RAFAEL LUGO BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.868.318, debidamente representado por la Abogada ADELA RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 65.410, y de este domicilio, contra el ESTADO APURE, en la persona de su Representante legal el Procurador General del Estado Apure, o quien haga sus veces. 2°) Se Condena a la parte demandada, ESTADO APURE, quien deberá cancelarle al demandante ciudadano NELSON RAFAEL LUGO BENITEZ, ya identificado;
PRIMERO: la diferencia de las Prestaciones Sociales correspondientes a NUEVE (09) AÑOS y TRES (03) MESES, por una relación laboral que se inició el día 18 de Marz.....