Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un lote de terreno constante de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (447,00 M2), propiedad Municipal, ubicado en la Calle Salías, de esta ciudad de San Fernando de Apure Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Salías, en (10,00 mts); SUR: Terrenos Ejidos Municipales, en (10,00 mts); ESTE: Casa de Elena Guillen, en (44,70 mts), y OESTE: Casa de Blaz Buaiz, en (44,77 mts), constando las mismas de: Una casa para habitación familiar construida con bloques y cemento, con una sala de cocina, un (1) sa.....