este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia en documento registrado ante la oficina de Registro Publico del Municipio San Fernando, estado Apure, en fecha 29 de noviembre de 2.007, bajo el Nº 33, folio 332 al 338, Protocolo Primero, Tomo Trigésimo Tercero, Cuarto Trimestre del año 2.007; constante de CIENTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTÍMETROS (151,59 M2), ubicado en el barrio "FLORENTINO CORONADO", calle Ali Primera, Municipio San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: VEREDA, EN DIECISEIS METROS CON TREINTA CENTÍMETROS (16,30 Mts); SUR: PARCELA OCUPADA PO.....