Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: 1°) SIN LUGAR la Demanda de DEFICIENCIA EN EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE que intentó el Abogado LUIS EDUARDO MELO VELOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 10.616.773, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 101.192, actuando en su propio nombre y en representación de la Asociación de Vecinos "Los Cedros", en contra de la Constructora "SIGMA C.A.", representada por su Apoderado Judicial ciudadano IGOR PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.762.631, domiciliado en el Urbanismo "Docentes por Apure", Carretera Los Centauros- Caramacate, detrás de la Urbanización Los Cedros, Parroquia San Fernando, Estado Apure.