este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia en documento registrado ante la oficina de Registro Publico del Municipio San Fernando, estado Apure, en fecha 24 de mayo de 2.013, bajo el Nº 2013.1597, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 271.3.6.1.10501 y correspondiente al libro de folio real del año 2013, presentado en original para su vista y devolución; constante de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 M2), ubicado en el barrio "09 DE DICIEMBRE", de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: PARCELA OCUPADA POR LA FAMILIA PERAZA, EN VEINTE METROS (20,0.....