Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) PRESCRITA LA ACCION en la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 34.179, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano CARLOS RAMON SEQUEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 5.361.118, ambos de este domicilio, contra el ESTADO APURE, en la persona de su Representante legal el Procurador General del Estado Apure, o quien haga sus veces, debidamente representado por los Abogados PETRA FLORINDA CEDEÑO, ALBERTO LUIS BOLIVAR, MAYRA ALEJANDRA RODRIGUEZ, MARIA ELENA MALDONADO y ARIMIR JIMENEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 95.781, 40.222, 93.960, 93886 y 59.058 respectivamente. 2°) En virtud de que pre.....