este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Contrato de Arrendamiento expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 13 de agosto del año 2.013; dicho terreno consta de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRÉS CENTÍMETROS (236,33 M2); ubicado en "EL BARRIO SAN JOSÉ, SECTOR II", de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CASA DE ROSA LINARES, EN (6,85 Mts); SUR: CALLES LOS MANGOS, EN (6,85 Mts); ESTE: CASA DE LINO BALNCO, EN (34,50 Mts); OESTE: CASA DE GLADYS RUIZ, EN (34,50 Mts);; las cuales h.....