El Perito Avaluador designado solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: procedo a valorar prudencialmente los bienes muebles anteriormente Embargados Preventivamente por este Tribunal, en la forma siguiente: 1.- valorado en Bs. 700.000. 2.- valorado en Bs. 860.000. 3.- valorado en Bs. 600.000. 4.- valorado en Bs. 180.000. 5.-valorado en Bs. 540.000.6.- valorado en BS. 360.000. 7.- valorado en Bs. 900.000, para un total general de CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 4.140.000), es todo. El Tribunal procede a hacerle entrega de los bienes Embargados Preventivamente a la Depositaria Judicial designada, quien manifiesta recibirlos conforme y mantenerlos a la orden del Tribunal de la Causa, en la siguiente dirección: Barrio Raúl Leoni, detrás de Malariología, casa S/N, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure. La parte actora asistida de Abogada, solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Me reservo el derecho de seguir señal.....