El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Alcalde del Municipio Biruaca y la exposición anterior hecha por la parte actora asistida de Abogado, accede al pedimento solicitado de conceder un lapso de quince (15) días hábiles para que traten de resolver la situación planteada, en consecuencia deja sin efecto la actuación de hoy y acuerda su diferimiento hasta tanto la parte actora asistida de Abogado la solicite. Seguidamente solicita el derecho de palabra el representante de la Defensoria del Pueblo y concedídole como le fue, expuso: Por cuanto en este momento no se tomó en cuenta a las personas de la tercera edad, niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazadas y también el clima ya que presenta en este momento una posible precipitación, es por lo que solicito al ciudadano Juez por cuestiones humanitarias una (01) prorroga para solucionar a la hora de presentarse el Desalojo por un lapso de cuatro (04) días, un albergue para alojar a las personas de la tercera edad, mujere.....