El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la Apoderada Judicial de la parte actora, acuerda suspender la Medida de Secuestro Preventivo hasta que la misma señale nuevo domicilio donde se encuentran los bienes a que se refiere el presente Despacho de Comisión y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 11:00 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez.- La Apoderada Judicial de la parte Actora Dra. Mary Graterol Petti.- El Notificado Ramón Daniel Pérez Nieves.- Los Func. Policiales, S/2do. Jimmy Aguilar C. I. 12.900.286, C/1ro. Sandro Padilla C.I. 12.901.628. El Alguacil Miguel Ángel Bravo.- La Secretaria Dra. María Milagro Aranguren.-
COM. 6-1898.-
Af.-