Acto seguido y por cuanto éste Tribunal observa que la Medida decretada por el tribunal de la causa es de carácter Preventivo y no encontrándose persona alguna que apertura el acceso al inmueble objeto del presente Secuestro, y habiendo efectuado comunicación vía telefónica con la demandada de autos, ésta manifestó la imposibilidad de comparecer al presente acto, éste Tribunal se abstiene de ejecutarla