DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Aumento de Obligación de manutención incoada por la ciudadana ABOG. CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a favor del niño XXXXXXXXX, de Siete (07) años de edad, representado por su madre la ciudadana MIRLA DISNALDA PÉREZ ECHENIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.876.922, domiciliada en la calle Rómulo Gallegos, casa Nº 496 de la población de San Juan de Payara del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, en contra del ciudadano VICTOR MANUEL RUIZ RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.237.556, con domicilio en la ciudad .....