D I S P O S I T I V A :
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se acuerda LA HOMOLOGACIÓN DEL PRESENTE DESISTIMIENTO, solicitado por la ciudadana: IRMA TERESA BRACA, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, déjese copia, notifíquesele a las partes, publíquese.-
La Jueza Suplente,
Alba Marilena Sánchez Contreras.
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia siendo las 2:00 P.M.. del día de hoy 12/05/2006.-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
AMSC/tymdel.
Exp. N°- 36-96.-