este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara "TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESION" a favor del ciudadano: NOEL ANTONIO PÉREZ CAGUANA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.710.634; sobre las bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigo evacuado por ante este Tribunal.- Las bienhechurías están conformadas por: Una (01) casa unifamiliar, conformada por tres (03) habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, dos (02) baños, pisos de cemento pulido, en partes recubierto con cerámica, paredes de bloque frisado, estructura de concreto y metálica, techo de acerolit recubierto internamente con cielo raso, ventanas con romanilla de aluminio y vidrio, con rejas protectoras, puertas internas de maderas y puertas externas metálicas con rejas protectoras;.....